Contreras recordó que las tarifas por servicios prestados por parte de las compañías telefónicas deben cumplir con la estructura de costos establecidas en la Ley Orgánica de Precios Justos.
“A pesar de que el presidente el pasado 29 de julio, dio la orden esta empresa además de no dar señales de restituir el dinero a los seis millones de clientes de las tarifas que fueron cobradas de manera excesiva y además de haber participado en las mesas de trabajo con el Consejo Nacional de la Economía, hicieron caso omiso”, comentó.
Se prevé para la próxima semana una reunión entre los representantes de la empresa y el Superintendente William Contreras en las oficinas de la Sundde, “lo cual forma parte del acto de inicio del proceso legal y sancionatorio por desacato a la ley”, acotó.
El artículo 37 de la Ley Orgánica de Precios Justos establece la indemnización por daños y perjuicios ocasionados por parte del sujeto de aplicación, a la parte afectada conforme al ordenamiento jurídico aplicable.
Fuente: superintendenciadepreciosjustos.gob.ve - http://noticiaaldia.com
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