La Comisión Nacional de Lucha Contra el Contrabando tendrá las siguientes funciones:
1. Proteger al pueblo contra las prácticas de contrabando y cualquier otra distorsión propia del modelo capitalista, que afecte el acceso a los bienes o servicios declarados o no de primera necesidad.
2. Elaborar el Plan Estratégico para la transformación de las Zonas Fronterizas en territorio de vida.
3. Coordinar con el Poder Popular y las instituciones de los Poderes Públicos Nacionales, Estadal y Municipales, las acciones y actividades necesarias para lograr la transformación de las Zonas Fronterizas.
4. Hacer seguimiento y control al cumplimiento de las acciones estratégicas de la Política Integral de Fronteras.
5. Informar periódicamente al Presidente o Presidenta de la República, sobre todas las acciones tomadas, las actividades cumplidas, así como, recomendar sobre estrategias a ser tomadas por el Ejecutivo Nacional.
6. Las demás que el Presidente o Presidenta de la República ordene.
La Comisión Nacional de Lucha Contra el Contrabando estará integrada por:
1. Alexis Ascensión López Ramirez, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.511, en su condición de Secretario del Consejo de Defensa de la Nación (SECODENA).
2. Vladimir Padrino López, titular de la cédula de identidad N° V-6.122.963, en su condición de Comandante Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
3. Elías Jaua Milano, titular de la cédula de identidad N° V-10.096.662, en su condición de Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
4. Miguel Eduardo Rodríguez Torres, titular de la cédula de identidad N° V-6.368.196, en su condición de Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
5. Reinaldo Antonio Iturriza López, titular de la cédula de identidad N° V-11.820.025, en su condición de Ministro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales.
6. Rodolfo Clemente Marco Torres, titular de la cédula de identidad N° V-8.812.571, en su condición de Ministro del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública.
7. Ricardo José Menéndez Prieto, titular de la cédula de identidad N° V-10.333.821, en su condición de Ministro del Poder Popular de Planificación.
8. Hebert Josue García Plaza, titular de la cédula de identidad N° V-7.713.057, en su condición de Ministro del Poder Popular para la Alimentación.
9. José David Cabello Rondón, titular de la cédula de identidad N° V-10.300.226, en su condición de Ministro del Poder Popular para Industrias.
10. Aloha Joselyn Nuñez Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° V-16.355.466, en su condición de Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas.
11. Rafael Darío Ramírez Carreño, titular de la cédula de identidad N° V-5.479.706, en su condición de Ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería.
12. Yván Eduardo Gil Pinto, titular de la cédula de identidad N° V-11.980.366, en su condición de Ministro del Poder Popular para Agricultura y Tierras.
13. Dante Rafael Rivas Quijada, titular de la cédula de identidad N° V-12.224.990, en su condición de Ministro del Poder Popular para el Comercio.
Fuente: Agencias - http://www.aporrea.org |
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