martes, 18 de junio de 2013

Publicada en Gaceta Oficial la Ley para el Desarme y el Control de Armas

La Ley para el Desarme y el Control de Armas fue publicada este martes en la Gaceta Oficial, número 40.190, comenzando el lapso de 180 días para la promulgación de los reglamentos previstos en la ley.
El documento publicado contiene 125 artículos distribuido en seis títulos referidos a la fabricación, importación, tránsito y comercialización de armas y municiones, los permisos de porte y tenencia de armas de fuego, la regulación de polígonos, canchas y galerías de tiro, así como la prevención y el desarme.

En las disposiciones transitorias se establece que dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia la Ley, las personas que posean armas de fuego y que no estén debidamente autorizadas por el órgano competente, deben acudir a los fines de actualizarlas, renovarlas y registrarlas.

Igualmente se establece un lapso de 90 días para la creación del Fondo para el Desarme, y se suspende por dos años la comercialización de armas de fuego y municiones en el territorio nacional, así como la emisión de nuevos permisos de porte y tenencia de armas.

Fuente: Marianela Millán - http://www.correodelorinoco.gob.ve

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