martes, 3 de agosto de 2010

TSJ declaró procedente solicitar a EEUU extradición de banquero Juan Lara Fernández (+ACLARATORIA)

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente la solicitud de extradición activa de Juan Felipe Lara Fernández al Gobierno de Estados Unidos (EEUU), al tener pendiente una causa ante los tribunales de nuestro país, por la presunta comisión de los delitos de apropiación de recursos financieros y asociación para delinquir, mientras se desempeñó como directivo del Banco Confederado y de Bolívar Banco.
En este caso, el Ministerio Público (MP) solicitó iniciar los trámites judiciales para la extradición activa de Lara Fernández, ante el Tribunal Undécimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al indicar que, conforme a la información remitida al MP por la oficina de Interpol, el mencionado ciudadano se encuentra en Estados Unidos.

De acuerdo con lo señalado en el escrito del MP, en contra de Lara Fernández pesa orden judicial de aprehensión dictada por el referido Tribunal de Control, por la presunta comisión de los delitos de apropiación indebida de créditos, distracción de recursos financieros y asociación para delinquir, conforme a lo previsto en los artículos 431 y 432 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y 6° de la Ley Contra la Delincuencia Organizada.

La solicitud de extradición del MP señala que, de acuerdo con la investigación adelantada hasta el momento, se ha determinado que uno de los mecanismos utilizados para sustraer el patrimonio de los bancos Confederado, Bolívar y Banpro, consistió en la ilegítima aprobación de una serie de créditos a favor de empresas que, además de no cumplir con los requisitos mínimos para ello, se encontraban relacionadas con el grupo económico de Ricardo Fernández Barruecos.

El Juzgado Undécimo Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, acordó iniciar el trámite para la extradición activa de Juan Felipe Lara Fernández, y posteriormente la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia recibió copia certificada de las actuaciones relacionadas con la presente solicitud de extradición, mediante el oficio Nº 0567-10, proveniente del señalado Juzgado de Control.

La Sala de Casación Penal del TSJ constató que la presente solicitud de extradición se realizó con base en el Código Orgánico Procesal Penal, el Código Penal, la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Ley Contra la Delincuencia Organizada, y el Tratado de Extradición vigente entre la República Bolivariana de Venezuela y Estados Unidos.

“De lo expuesto resulta necesaria la comparecencia del solicitado en extradición para que se someta a la jurisdicción de los tribunales ordinarios venezolanos, que son sus jueces naturales”, señala la sentencia del TSJ.

La citada Sala del TSJ ratificó además el criterio relativo a la prohibición de que el juicio se desarrolle en ausencia del imputado como garantía que se desprende del análisis del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 1 y 125 (numeral 12) del Código Orgánico Procesal Penal, que establecen que la “garantía está a favor del imputado, cuya finalidad reside en evitar que se juzgue a un ciudadano sin escucharlo y sin su presencia ante sus jueces naturales”.

Fuente: Doninyer Zapata - AVN

ACLARATORIA


JUAN FELIPE LARA FERNÁNDEZ, EXDIRECTIVO DE CONFEDERADO Y BOLÍVAR BANCO, NIEGA ACUSACIONES EN SU CONTRA. El ejecutivo venezolano de los sectores bancario y financiero Juan Felipe Lara Fernández calificó como tergiversadas distintas informaciones que lo vincularon con ilícitos en los bancos Confederado y Bolívar Banco, entidades financieras que fueron intervenidas en 2010 por presentar problemas en sus balances que llevaron a su posterior liquidación. “Se me menciona en supuestos escándalos bancarios que no ocurrieron y son solo producto de información tergiversada proveniente principalmente del régimen chavista o de supuestos “decires” y rumores sin pruebas”, indicó Lara en una comunicación enviada a la redacción de Noticias Candela, Informe25.com. En 2010 la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente la solicitud de extradición activa de Juan Felipe Lara Fernández al Gobierno de Estados Unidos (EEUU), al tener pendiente una causa ante los tribunales de Venezuela, por la presunta comisión de los delitos de apropiación de recursos financieros y asociación para delinquir, mientras se desempeñó como directivo del Banco Confederado y de Bolívar Banco. Sin embargo, Lara muestra una certificación de Interpol y afirma que actualmente no existe ninguna orden de la policía internacional en su contra. Según el certificado, suscrito por Interpol en Lyon, Francia, el 9 de agosto de 2012, la Organización Interamericana de Policía Criminal – INTERPOL, había publicado una notificación roja en la que se solicitaba la detención con el objetivo de extradición contra el Sr. Juan Felipe Lara Fernández, pero en 2012 se canceló el aviso rojo y toda la información relacionada con el mismo. De acuerdo con el certificado, la cancelación de una notificación roja de INTERPOL y su supresión de los archivos de INTERPOL significa que ya no existe en lo que respecta a la Organización. En otro orden de ideas, Lara Fernández se refirió a una demanda incoada por Eligio Cedeño y que aseguró fue rechazada dos veces en Estados Unidos, debido a que los argumentos emitidos por los demandantes se calificaron como “carentes de méritos”.

Enseguida reproducimos parte de la aclaratoria del Sr. Lara. El respeto a la libertad de expresión y de conocer los diferentes puntos de vista de los hechos, se mantendrán activas las informaciones que lo mencionan y al mismo tiempo se dará a conocer la versión de Lara Fernández.


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San José de Costa Rica, 22 de agosto de 2018

Señor
Director, Jefe de Redacción o Representante
Noticias Candela de Informe25.com
Presente.-

Lo saludo respetuosamente en oportunidad de referirme varios artículos publicados en su revista en línea Noticias Candela de Informe25.com, en la dirección web http://www.noticiascandela.informe25.com/ en los que se proporciona información falsa sobre mi persona como demuestran documentos legales que anexo a esta carta.
Hay CINCO (5) páginas de resultados donde se me nombra en su revista en línea. Se me menciona en supuestos escándalos bancarios que no ocurrieron y son solo producto de información tergiversada proveniente principalmente del régimen chavista o de supuestos “decires” y rumores sin pruebas.
Por ejemplo, la información sobre la inclusión en esa lista de INTERPOL obedeció a una solicitud arbitraria del gobierno venezolano en su momento, que fue descartada por INTERPOL de manera contundente y por escrito. La documentación consta en el Anexo 2.
Otro ejemplo, la demanda de Eligio Cedeño fue rechazada dos veces en Estados Unidos y los argumentos emitidos por los demandantes se calificaron como “carentes de méritos”. Se anexa la sentencia del Tribunal respectivo y se traducen al español algunos párrafos claves.
Otra más: Que estuve bajo una solicitud válida de extradición emitida por el régimen venezolano del entonces presidente Hugo Chávez. Es poco creíble una “solicitud de extradición” emitida por un régimen que está reconocido internacionalmente como uno de los más opacos, carentes de independencia y fallos en el debido proceso.
Sobre otros rumores publicados, no se presentan evidencias. La lista de artículos está en el Anexo 1. (...)
(…) Entiendo que estas inexactitudes ocurren, pero deben corregirse.
Siempre prefiero dilucidar estos asuntos de manera amigable y directa, y así evitar ir a otras instancias que llevarían esta gestión a una querella legal en los Estados Unidos. En eso también coinciden mis abogados: siempre es mejor apelar primero al buen juicio de editores inteligentes como sé que son ustedes.
Estoy a la orden para cualquier precisión o comentario adicional, si hiciera falta. Cuento con su ética periodística, así como sensatez y sentido común legal frente a esta solicitud de enmienda de informaciones a todas luces falsas.
Atentamente,
Juan Felipe Lara
Costa Rica

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->> Ver Documento

Un resumen curricular de Juan Felipe Lara Fernández indica que es abogado y que ha contado en su experiencia laboral con cargos como los de:
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
BANCENTRO BANCO COMERCIAL
Hoy Día BANESCO
Año 1989 - 1992
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
BANCO HIPOTECARIO ORIENTAL
Año 1989- 1992
PRESIDENTE Y CONSULTOR JURÍDICO
ARRENDADORA INTERNACIONAL
Año 1993- 1997
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
BANCO HIPOTECARIO VENEZOLANO
Año 1993 – 1997
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
BANCO INTERNACIONAL, INTERBANK
Año 1993 – 1997
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
FONDO INTERNACIONAL
Año 1993 – 1997
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
SEGUROS BANCENTRO
Año 1993 – 2003
DIRECTOR SUPLENTE
BANCO CANARIAS DE VENEZUELA
Año 2001 – 2004
DIRECTOR PRINCIPAL Y CONSULTOR JURÍDICO
BANCO CANARIAS DE VENEZUELA
Año 2004 – Agosto 2005
DIRECTOR PRINCIPAL – DIRECCION LEGAL Y
RELACIONES INSTITUCIONALES
BOLÍVAR BANCO
Agosto 2005 – Mayo 2007
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA
BOLIVAR BANCO y BANCO PROVIVIENDA
Mayo 2007 – Noviembre 2008
PRESIDENTE DE CERVECERA DEL CENTRO S.A
Desde Abril de 2013 hasta la presente fecha.

1 comentario:

  1. AHORA SI SE LAMENTARA DE NO ATENDERLE LAS LLAMADAS A GUSTAVO LA GRAVE...

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