viernes, 6 de julio de 2012

Disposiciones resaltantes en el nuevo COPP

El 15 de junio de 2012 fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.078, el nuevo Código Orgánico Procesal Penal (Copp), el cual deroga el vigente y todas sus reformas posteriores.
Según su disposición final primera, esta nueva ley procesal entra en vigencia íntegramente el día 1° de enero de 2013, aun cuando su disposición final segunda consagra la vigencia anticipada de 56 de sus normas, que ya se encuentran en pleno vigor.

De la revisión efectuada al nuevo Copp, se puede constatar que se crearon 28 nuevos artículos y se eliminaron 63. Hubo una modificación de forma en 77 artículos y de fondo en 106, mientras que 310 artículos se mantienen sin ningún tipo de alteración.

Entre los numerosos cambios, se destaca el fortalecimiento de las medidas alternativas a la prosecución del proceso. Reiteradamente he sostenido que no siempre la respuesta del Estado ante la ocurrencia de un hecho punible debe ser la prisión. En muchas personas que por primera vez incurren en una infracción penal y, además, de menor connotación, los efectos de la cárcel resultan contraproducentes.

De allí que se ha ampliado la posibilidad de implementar la suspensión condicional del proceso hasta aquellos delitos cuya pena máxima no exceda de ocho años. En los casos en que esta medida resulte procedente, se someterá al imputado a un régimen de prueba durante el cual deberá cumplir con una serie de condiciones, entre las cuales destacan las referidas a su interrelación armoniosa con la comunidad. Para la consecución de esta finalidad, los consejos comunales serán las organizaciones de mayor valía.

De igual manera, se ha ampliado la posibilidad de celebrar acuerdos reparatorios entre la víctima y el imputado. De esta forma se fortalece el principio en virtud del cual la reparación del daño causado a la víctima también constituye un objetivo del proceso penal.

También cabe destacar la supresión de las vacaciones colectivas en los tribunales penales. Con este mandato legal se evitará el diferimiento de numerosas audiencias.

En términos generales, podemos hablar de un nuevo esfuerzo por mejorar, cada día más, el servicio público de la justicia.

Fuente: Últimas Noticias - Prensa MP

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