En lo que respecta a la inmunidad parlamentaria, “se suprime dicho contenido y la cautelar 5.1.1 de dicho fallo” en la sentencia 157; y también se eliminó el punto 4.4 de la sentencia 156 referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho.
Las sentencias que no estaban disponibles en el portal hasta hoy, tienen fecha del pasado sábado 1 de abril cuando se dio a conocer la resolución del Consejo de Defensa de la Nación, convocado por el presidente Nicolás Maduro para resolver el “impasse” entre el TSJ y la Fiscalía, la cual exhortó a la revisión de dichas sentencias.
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Fuente: http://sumarium.com
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