jueves, 1 de noviembre de 2012

La Estabilidad Laboral, los Órganos Gubernamentales y la LOTTT

Por: Nelson Herrera Pérez  - La intención de estos escritos es encender el entusiasmo revolucionario en cada trabajador y trabajadora, simplemente para generar una relación de trabajo cada día mas digno, que proteja el proceso social de trabajo, el bien común, la justicia social, la equidad, el aseguramiento de los derechos de las trabajadoras y trabajadores y así la preservación del bien común en consonancia con el ideario Bolivariano,
cabe destacar que nuestra legislación laboral ha presentado constante variaciones desde 1928, fecha en que nace la primera Ley del Trabajo, la cual a través de sus reformas se sumergía día a día al marco de la teoría neoliberal, hasta el año 1999 que la Constitución Bolivariana causo un salto cualitativo en la concepción doctrinaria del derecho laboral al reconocer el trabajo como un proceso social para el logro de una sociedad justa.

En tal sentido, en mayo del presente año 2012 el Presidente Hugo Chávez promulga la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) que supera la antigua pollita de explotación capitalista, afianzando como uno de sus alcances, el derecho que tiene la clase trabajadora a permanecer en sus puestos de trabajo, limitando el despido injustificado, considerándolos nulos. Esto lo podemos denominar como GARANTÍA DE ESTABILIDAD LABORAL.

Lamentablemente en la actualidad los empresarios capitalistas no han entendido este proceso de cambio, y continúan mandando a la calle por vía del despido injustificado a una variedad de venezolanos, observándose esto en las milimétricas colas en la inspectoría del trabajo, omitiendo la ley y sus sanciones legales.

Los mas alarmantico y algo que debemos estudiar, es que parte de esos trabajadores botados vienen de Órganos y Entes Gubernamentales, que por medio de algunos Directores que desconocen la LOTTT, o no carecen de la sensibilidad, conciencia y comprensión revolucionaria, infringen la ley, (¿por capricho o arbitrariedad?) importándole un comino dejar a uno o mas trabajadores o trabajadoras y a su grupo familiar sin sustento, omitiendo el momento histórico en que nos encontramos, el cual marca diferencia frente a los modelos económicos a nivel mundial que arrastran crisis estructurales que han generado una sustancial regresión a sus pueblos, (el desempleo en algunos países de Europa llega al 25% de la población activa, mientras que en Venezuela el desempleo se ubica en 7,9% demostrando el esfuerzo del Estado para potenciar el desarrollo humano del país)

Desde aquí les hago un llamado a todas las máximas autoridades que están encargados de Órganos y Entes Gubernamentales que continúen garantizando la estabilidad laboral y sinceren las condiciones de las trabajadoras y trabajadores con figura de contratado a tiempo determinado, debido que éste únicamente se puede celebrar, si se cumple con lo tipificado en el Articulo Nº 64 de la LOTTT (Supuestos de Contrato a Tiempo Determinado), en caso contrario se encontraran investidos con la estabilidad de un trabajador o trabajadora contratada a tiempo indeterminado y la Inamovilidad Laboral Decretada en Gaceta Oficial Nº 39.828 de fecha 2.011.

De igual manera, aquellos patronos, empresarios, Jefes, Directores, etc. que consideren que un trabajador incumple con sus deberes, realicen los debidos procedimientos ante el órgano correspondiente, de esta forma se mantendrían cumpliendo el ordenamiento legal vigente.

Seguidamente, solicitamos la valiosa colaboración de la Inspectoría del Trabajo para que le den optima y oportuna, (eficiente y efectiva) respuesta a los casos que se presenten…

Llevo a cabo este señalamiento debido que tengo más de tres (03) compañeros, victimas de despedidos injustificadamente en el 2011 y amparados en su respectiva inspectoría y a la fecha no se ha recibido la solicitud de renganche y pago de los salarios caídos y como estos compañeros deben existir muchos mas casos…

Y a la clase trabajadora, le informo para su conocimiento y fines consiguientes que son nula e invalidas de pleno derecho todas las medidas, actos, acuerdos, formulas y convenios que implique medidas destinadas a simular las relaciones de trabajo, renuncia o menoscabar los derechos laborales, ya que prevalecerá la realidad sobre las formas o apariencias.

Para finalizar cito unas palabras dichas por el máximo líder Hugo Chávez el día de la firma de la LOTTT: “Pudiera decir que esta Ley que hoy voy a firmar, es producto, sin duda de ese largo proceso de luchas y de batallas, pero también de ese proceso que es necesario continuar dando de depuración interna de la Revolución Socialista, de la Revolución Bolivariana que tiene que seguir curándose, fortaleciendo su conciencia, transitando verdaderamente la construcción del Socialismo (…) Mucha gente lo ha dicho, pero el principal Marx, uno de los mas grandes pensadores socialistas: “el capitalismo termina convirtiendo al trabajador en un esclavo…” De forma tal que esta es una Ley liberadora, Ley Justa, ahora vendrá la lucha para que se cumpla”

¡¡La Clase Trabajadora, Corazón encendido de la Patria!!

¡¡ Juventud siempre Irreverente en la discusión, leales en la acción Revolucionaria!!

¡¡No más despidos injustificados!!

¡¡América Latina Obrera!!
¡¡¡Solidaridad e igualdad!!!
¡¡La masa trabajadora nos restemos con Chávez!!
¡¡La Clase Trabajadora, la Juventud y las Comunidades, asumiendo la construcción del Socialismo!!

¡¡La Clase Trabajadora efectivos, participativos y protagónicos para así profundizar los derechos democráticos y las conquistas de los trabajadores, con el fin de transformar e instaurar en los actuales Ministerios e Instituciones el ejercicio del Poder Popular, donde la clase trabajadora y las comunidades tengan el papel fundamental para el ejercicio del mencionado PODER!!

¡¡¡Viviremos y Venceremos!!!

Nelson Herrera Pérez

v17693145@gmail.com

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