Si bien el decreto especifica claramente que la destrucción de las armas "deberá realizarse en acto público", no le confiere esa misma modalidad al paso previo de inutilización. En ese último procedimiento actúan los funcionarios adscritos a los cuerpos policiales, mientras que la destrucción queda en manos de la Dirección de Armas y Explosivos de la Fuerza Armada (Daex).
En cuanto a los tiempos, el decreto no aclara cuántos días se le otorgan a los cuerpos policiales para inutilizar las armas involucradas en delitos. Pero si establece que una vez inutilizadas éstas deben permanecer en las salas de evidencias de esos cuerpos policiales por un lapso no mayor a 72 horas. De allí serán remitidas al Daex, organismo que tiene 90 días para proceder a destruir dichas armas. En acto público.
Con información de: Eligio Rojas | http://www.ultimasnoticias.com.ve |
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