El presidente del parlamento, Irán Aguilera, explicó que son minerales no metálicos o no reservados, las piedras de construcción y de adorno, o de cualquier otra especie que no sean preciosas, mármol, pórfido, caolín, magnesita, las arenas, pizarras, arcillas, calizas, yeso, puzolanas, turbas y las sustancias terrosas, cuando se hallen dentro del territorio anzoatiguense.
Advirtió que el aprovechamiento de los minerales no metálicos, sólo podrá ser realizado por quienes estén debidamente facultados o se les haya otorgado una concesión, de conformidad con este ordenamiento jurídico.
Asimismo, Aguilera destacó que "se declara de utilidad pública la materia regulada por la nueva ley, y en tal sentido todo lo concerniente a minas y minerales no metálicos localizados en Anzoátegui es de interés general".
También puntualizó que los yacimientos de los minerales previstos en esta Ley "son del dominio público de la entidad y en consecuencia inalienables e imprescriptibles".
Finalmente, el legislador Aguilera señaló que para minimizar y combatir el ejercicio ilegal de la actividad, así como reducir los niveles de evasión fiscal, se contempla un régimen de sanciones de mayor amplitud, que refuerza las potestades de fiscalización y recaudación, pudiendo llegar incluso a la aplicación del comiso de mercancías y materiales, paralización de la actividad y clausura temporal de la oficina, local o establecimiento.
Fuente: http://www.eltiempo.com.ve
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