Según el portal Konzapata.com, la decisión, que aún no ha sido publicada, habría utilizado el argumento del supuesto “desacato” en el que se encontraría la AN por haber incorporado a los tres diputados de Amazonas, lo cual, según el TSJ, inhabilitaría al parlamento de ejercer la función contralora que le otorga la Constitución Nacional.
El artículo 271 de la Constitución establece claramente que los delitos contra el patrimonio público, no prescriben.
Las irregularidades detectadas por la Comisión de Contraloría que preside el diputado Freddy Guevara abarcan la adquisicion de taladros chinos, el fraude con el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de PDVSA y el caso de la explosión y los seguros de la Refinería de Amuay, entre otros.
Fuente: Con información de Konzapata - http://www.cuentasclarasdigital.org
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