jueves, 10 de septiembre de 2015

Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de EE.UU. revierte fallo contra Citgo

http://www.informe25.com/images/wp-content/uploads/2015/03/pic87886708-1.jpg(+Traducción) El 4 de septiembre de 2015, la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos emitió un fallo importante sobre el alcance de la Ley del Tratado de Aves Migratorias de 1918, 16 USC § 703 (MBTA), y el uso del gobierno federal de una regla de la EPA se regula la operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales de la refinería de petróleo en un proceso penal.
El caso es EEUU v CITGO Petroleum Corporation.; CITGO Refinación y Chemical Company, LP La Corte de Apelaciones, en una opinión unánime, invierten no sólo la determinación del jurado que CITGO era culpable de violar la Ley de Aire Limpio (CAA), sino también la determinación del tribunal de primera instancia que CITGO era culpable de violar la MBTA. Como resultado, una multa $ 2,000,000 impuesto contra CITGO, y separados $ 15.000 multas contra CITGO por violar la MBTA, fueron retiradas.

Una inspección sorpresa de CITGO de Corpus Christi, Texas refinería en 2002, finalmente, resultó en un diez por recuento de 2.007 federal jurado investigador por presuntas violaciónes de la CAA y MBTA. CITGO fue acusado de dos cargos de emisiones excesivas de benceno, para el que fue encontrado no culpable por el jurado, y un cargo por hacer declaraciones falsas a las autoridades del gobierno, que el presidente del tribunal desestimó por ser extemporánea. Los cargos restantes involucrados operación de CITGO de su sistema de tratamiento de aguas residuales de la refinería, en particular, el uso de dos grandes tanques de "igualación", que el gobierno argumentó estaban sujetos a las reglas de separación aceite-agua de la EPA, y la muerte de las aves migratorias que resultaron cuando estas especies protegidas quedaron atrapados en los tanques de ecualización descubiertas; el gobierno alegó que estas muertes fueron un ilegal "toma" punible bajo la MBTA. Según el gobierno, los tanques de ecualización estaban sujetos a las reglas de separación de agua y aceite a base de CAA de la EPA (que se encuentran en las Normas de Desempeño de Nuevas Fuentes de la EPA en la Subparte QQQ y 40 CFR §§ 60.690 y ss.), Que tienen la intención de controlar la liberación de compuestos orgánicos volátiles a el medio ambiente, y que CITGO violaron a sabiendas la CAA y estas reglas cuando estos tanques no fueron operados en el cumplimiento de sus requisitos. El jurado determinó que CITGO era culpable de violar la CAA, pero la condena fue revocada por la Corte de Apelaciones que encontró que el juez había tergiversado el ámbito de la regulación de control en sus instrucciones (es decir, que estos tanques no estaban en el agua del aceite hecho separadores como se ha definido por la regla), lo que requiere que estas convicciones pueden revertir.

Con respecto a los recuentos de MBTA, la Corte de Apelaciones estuvo de acuerdo con la Octava y Novena Circuitos de que una "toma" estrictamente prohibido por la MBTA se limitaba a "actos deliberados realizados directa e intencionalmente para las aves migratorias". CITGO había argumentado que la MBTA no se aplica a la actividad comercial que involuntariamente e indirectamente causan muertes de aves migratorias. El Tribunal de Apelaciones sostuvo que el término "tomar" como se usa en el MBTA debe ser coherente con la definición de derecho común del término, que a "tomar" un animal es reducir esos animales por matar o capturar al control humano. "Uno no se reduce a un animal para el control humano accidentalmente o por omisión; lo hace afirmativamente ". Sin embargo, la Corte de Apelaciones reconoció que la Segunda y Décima Circuitos han interpretado más liberalmente la MBTA, por lo que puede ahora puede haber un conflicto que se solicitó a la Corte Suprema para resolver.

Fuente: Con información de Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP - http://www.lexology.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Envíenos sus comentarios y aportes informativos al tema. Recuerde que su comentario, aunque no sea publicado, puede ser tomado en cuenta para nuestros temas de investigación. Los comentarios con términos insultantes, ofensivos, denigrantes y que incumplan nuestras políticas serán rechazados. Sólo puede enviar comentarios de menos de 1 mil (1.000) caracteres.

LEA...

 
LO + LEÍDO...

LO + LEÍDO...