jueves, 10 de septiembre de 2020

Jorge Echenagucia Vallenilla, organizador de la fiesta del Covid19 en Los Palos Grandes, creó un misterioso “consorcio petrolero” en EE.UU.

¿Se acuerdan del «dueño de la fiesta» del Covid19 en la quinta E3 de Los Palos Grandes? Realmente no nos interesan sus amistades ni sus adicciones, pero si los «negocios» en los que participa y que, según informó el Ministerio Publico en noviembre de 2018, le causaron daño al patrimonio publico a través del mecanismo de obtención fraudulenta de divisas, por un monto superior a los 14 millones de dólares, de Cadivi y Cencoex.
En este caso La Tabla ha localizado datos que demuestran el interés de Jorge Echenagucia Vallenilla, ya no en las importaciones sino en el petróleo, lo cual es absolutamente consistente pues finalmente las divisas que son su objetivo provienen de esa fuente. Sin embargo este proceso ocurre en medio de un prolongado y cada vez más estricto bloqueo comercial que impide los negocios entre entidades creadas en EEUU y el gobierno de Venezuela.


Resulta que el exitoso «emprendedor» creó una compañía en los Estados Unidos. Su nombre, Hot Oil Engineering LLC, indica claramente el área de negocios a la que está orientada, aunque su documento de constitución dice que se puede de dedicar a cualquier tipo de actividad permitida, pero en realidad se trata de una frase rutinaria en éste tipo de gestión.

El mismo día que se inscribió la compañía unipersonal de Echenagucia, que fue el 5 de marzo de 2019, también lo hizo una denominada JV Integral Services LLC, cuyo único directivo u oficial es Jesus Vera. Mientras 10 días después se inscribió otra llamada Confab Petroleum Solution LLC, al frente de la cual figuran Gerardo Casco Bosco, Mario Bosco y Christiaan Soto.

Estos son puntualmente lo datos de esas compañias registradas en el estado de Florida y cuya información es de consulta publica.

1) Hot Oil Engineering LLC con el documento

2) JV Integral Services LLC con el documento L19000063574

3) Confab Petroleum Solutions LLC con el documento L19000079311

El 5 de marzo también se creó una cuarta compañia, Crude Oil Integral Solutions LLC, con el documento L19000063731 que como una especie de consorcio reúne a las tres entidades citadas y a un cuarto participante como persona natural.

Se trata de Ali Sosa, un ingeniero de petroleo de dilatada experiencia (incluida Pdvsa) y alto perfil técnico, cuyas experiencias laborales mas recientes fueron en Vetra (creada por Humberto Calderón Berti en Colombia) y la venezolana Suelopetrol, socia de la estatal de energía en la empresa mixta Petrocabimas.

Todos los asociados, y el «consorcio», establecieron como domicilio una vivienda ubicada en Orlando, propiedad de Gerardo Bosco. Esta es su ubicación precisa: 11905 Yellow Fin Trail, Orlando, Florida 32827

Sobre Confab y sus representantes vale comentar que se trata de una vieja compañía (desde 1987 al menos) dedicada a la distribución de productos metalmecánicos y servicios de ingeniería en esa misma especialidad, todo esto enfocado al diseño de equipos y plantas para la produción de crudo y gas. Su ubicación en Caracas remite al Centro Profesional Santa Paula en El Cafetal, municipio Baruta y posee una planta de envergadura en el estado Aragua.

Por su parte Bosco, quien funge como presidente, es un ingeniero mecánico egresado de la privada Universidad Metropolitana y todo indica (al relacionar apellidos y edades) que es el heredero de la compañía. Mientras que Soto es ingeniero eléctrico de la misma universidad. Ambos muestran en sus perfiles sociales que su formación secundaria transcurrió en el Colegio Champagnat (Hermanos Maristas) de Caurimare.

Lo llamativo del asunto es que evidentemente la creación de las entidades no obedece al desarrollo natural de un negocio sino al cumplimiento de requerimientos legales y comerciales para abordar una contratación preestablecida.

¿Con quien seria tal contratación? Obviamente el «mercado» objetivo de todas las personas o empresas participantes en el consorcio es el gobierno de Venezuela y la estatal petrolera PDVSA. De hecho todos tienen antecedentes como proveedores del Estado y según el registro de contratistas Confab (como grupo empresarial venezolano) esta autorizado a contratar con entidades públicas.

Y aquí comienzan las inconsistencias: pretender hacer un negocio con el gobierno de Venezuela o su petrolera, con compañías recién formadas en jurisdicción estadounidense, en medio del esquema de sanciones, es simplemente imposible. «No tiene sentido», nos dijeron dos diplomáticos conocedores del tema, consultados para ésta nota.

Por su parte la abogada Maria Lucrecia Hernandez, quien forma parte de la organización SURES, de investigación y estudios en DDHH, le explicó a La Tabla que el principal instrumento jurídico estadounidense que restringe las relaciones comerciales con Venezuela es la “Ley Pública de Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil” Nº 113-278 publicada el 18 de diciembre de 2014 por el Congreso de ese país, y que prohíbe taxativamente a las ciudadanas y ciudadanos norteamericanos y demás personas en jurisdicción estadounidenses (empresas privadas, organizaciones de la sociedad civil, instituciones de beneficencia, entre otras) realizar cualquier tipo de transacción o negocio con alguna persona o entidad del Estado venezolano, al tiempo que prevé amplias sanciones a quien así lo hiciere. Esta Ley hace especial referencia al BCV y a PDVSA.

A la ley hay que sumar las siete órdenes ejecutivas dictadas con posterioridad por los mandatarios Barack Obama y Donald Trump, que son:

Orden Ejecutiva Nº 13692-2015: Venezuela como “amenaza inusual y extraordinaria” para la seguridad nacional y la política exterior de EEUU”, Orden Ejecutiva Nº 13808-2017 prohíbe al sistema financiero internacional participar en cualquier operación de compra, venta, negociación o renegociación de deuda, Orden Ejecutiva Nº 13827-2018 contra la criptomoneda Petro, Orden Ejecutiva Nº 13835-2018 contra las cuentas por cobrar y otras operaciones de Venezuela, Orden Ejecutiva Nº 13850-2018 contra las operaciones de comercialización del oro de Venezuela, Orden Ejecutiva Nº 13857-2019, que establece el bloqueo de los activos de PDVSA (CITGO) en EEUU, Orden Ejecutiva Nº 13884-2019, que decreta el bloqueo general de todas las propiedades del Estado venezolano en EEUU.

A su vez ese marco legal (ley y órdenes ejecutivas) han permitido (según el registro de SURES) 43 actos administrativos de la OFAC desde 2017 hasta marzo de 2020 que son los que establecen las prohibiciones expresas de comercialización de personas y entidades/empresas con Venezuela.

Otro tipo de disposición administrativa a cargo de la OFAC son las llamadas licencias, que es una especie de flexibilización de las prohibiciones generales para casos específicos. Es lo que ha ocurrido con Chevron, Rosneft o los operadores de tarjetas de crédito entre otras 28 licencias hechas públicas hasta la fecha.

A la interrogante sobre el interés de Echenagucia y el «consorcio» Crude Oil Integrated Solutions en crear esas entidades en medio del bloqueo, la jurista plantea tres posibilidades. ,

Uno, que esperan que se les adjudique alguna licencia que emite la OFAC o alguna otra figura que autorice algunas operaciones comerciales. Sin embargo eso dependerá del interés de EE.UU. o de sus aliados comerciales, y no es algo que puede ser solicitado como un derecho (a través de un «procedimiento contradictorio» con pruebas y alegatos) pues tiene carácter discrecional.

Dos, que intenten superar el bloqueo económico esperando que el gobierno de EE.UU. permita informalmente las transacciones sin tener que reconocerlo formalmente en público. Esto (agregamos nosotros) implica un gran riesgo comercial y financiero pues las restricciones seguirían en vigencia.

Y tres, que sea parte de un esfuerzo por rebasar el el bloqueo a través de una arquitectura jurídica que evada las regulaciones, lo que sería poco probable debido a la forma en que aparentemente se articuló

Una cuarta posibilidad, (visualizada apenas hicimos el hallazgo), es que los negocios previstos no eran con el gobierno que encabeza Nicolas Maduro, sino con el hipotético de Juan Guaidó, que a pesar de ser de «fantasía» tiene el control del principal activo venezolano en EEUU, la corporacion de refinacion y distribucion de combustibles, Citgo. Vale recordar que antiguos proveedores de PDVSA desde el primer momento comenzaron a ser contratados por la «administración Guaidó» que controla desde febrero de 2019 a Citgo.

O que simplemente los asociados jugaron posición adelantada y compraron la promesa de un rápido derrocamiento de Nicolás Maduro.

Ahora eso lo tendrá que determinar la investigación que debería desarrollarse a partir del descubrimiento que se expone en esta nota. ->>Vea más...

Fuente: Con información de La Tabla - Prensa América

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