Es decir, que obliga a los bancos a revelar la información de sus clientes, respecto a cuando tengan previsto viajar al exterior, además de las otras informaciones privadas incluyendo las direcciones IP desde donde realizan sus operaciones electrónicas que deberán ser transmitidas a este organismo semanalmente por medios electrónicos.
En caso de no comunicar, el cliente no podrá hacer ningún tipo de transacciones.
El organismo regulador considera que en caso de que la Institución Bancaria identifique alguna anomalía que corresponda a clientes que no hayan realizado la notificación prevista, cuyas direcciones IP se encuentren fuera de Venezuela, el banco deberá efectuar de manera preventiva un condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar las transacciones en línea de dichos clientes.
El periodista Eugenio Martínez compartió la circular de Sudeban y precisó que “básicamente el gobierno de Maduro aspira a que le banca le indique el detalle de todas las operaciones electrónicas que se realicen con un IP que de encuentre fuera de Venezuela”.
Superintendente Cmdte. Antonio Morales sobre Circular SIB-DSB-14539 "La instrucción se enmarca dentro de las medidas dictadas por el Gobierno Nacional para proteger el nuevo cono monetario" @MinEcoFinanzas @NicolasMaduro @SimonZerpaD #ProducciónYCrecimiento pic.twitter.com/WTleXmQYV1— SudebanInforma (@SudebanInforma) 28 de agosto de 2018
Fuente: Con información de Angélica Antía Azuaje - http://www.noticierodigital.com ->> Ir // Agencias
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