martes, 26 de junio de 2018

Tribunal Supremo de EE. UU. respaldó veto migratorio de Trump que impone restricciones a funcionarios venezolanos

El Tribunal Supremo de Estados Unidos confirmó este martes la polémica prohibición del presidente Donald Trump que limita el ingreso a la Unión Americana a viajeros de cinco países mayoritariamente musulmanes. La medida impone también restricciones a ciertos funcionarios venezolanos y norcoreanos.
Los jueces dictaminaron 5-4 que la versión más reciente de la prohibición, que según la administración está justificada por preocupaciones de seguridad nacional, era válida.

La versión en cuestión incluye a Corea del Norte con las cinco naciones principalmente musulmanas: Irán, Libia, Somalia, Siria y Yemen. Ciertos funcionarios de Venezuela también son blanco de la medida.

El presidente Trump reaccionó a través de su cuenta en Twitter al conocer la medida: “La Suprema Corte sostiene la prohibición de viajes de Trump. ¡Wow!”.

Antes, Trump había impulsado otras dos prohibiciones de viaje: la primera había sido aprobada en enero de 2017, justo después de su toma de posesión, y abarcaba a siete países de mayoría musulmana (Irán, Irak, Libia, Siria, Somalia, Sudán y Yemen) durante 90 días y suspendía el programa de admisión de refugiados por 120 días, con excepciones de minorías religiosas.

Dicha orden fue bloqueada por tribunales federales y el Ejecutivo preparó una segunda versión, tramitada en marzo de ese año, que eliminaba de la lista a Irak y suprimía las excepciones recogidas en el programa de admisión de refugiados, pero los tribunales nacionales se opusieron de nuevo e impidieron su puesta en marcha.

Tras varios reveses judiciales, ese veto pudo entrar en vigor gracias al Tribunal Supremo, que permitió al Gobierno restringir la entrada de aquellos que no tenían familia cercana en Estados Unidos. Las restricciones eran temporales y cuando expiraron, en septiembre de 2017, Trump proclamó su tercer veto, que incluyó por primera vez a Corea del Norte y Venezuela, en los que las restricciones solo afectaron a algunos funcionarios y su "familia inmediata". El Supremo permitió en diciembre su implementación de manera temporal, reseñó EFE.

Fuente: Agencias - http://www.ntn24america.com - (PULSE AQUÍ)

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