lunes, 5 de marzo de 2018

Expertos discrepan sobre legalidad del Petro

El pasado 4 de diciembre, durante la alocución en su programa “Los Domingos con Maduro”, el presidente de la República, Nicolás Maduro, anunció la creación del “Petro“, una nueva moneda virtual que tendrá como fin, realizar transacciones nacionales e internacionales y estará respaldada “en reservas de riqueza venezolana de oro, petróleo, gas y diamante”. 

La legalidad con respecto a este punto, ha generado polémica, y pese a que personeros del chavismo sostienen que no viola ninguna ley, economistas y abogados lo refutan. Y es que de acuerdo con el artículo 12 de la Constitución, “los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional, bajo el lecho del mar territorial, en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental, pertenecen a la República, son bienes del dominio público y, por tanto, inalienables e imprescriptibles”.

No obstante, en días pasados el economista y presentador del programa “Boza con Valdez”, transmitido por Venezolana de Televisión (VTV), Juan Carlos Valdez, aseguró que la Constitución prohíbe la venta de los yacimientos de crudo, pero se puede comercializar su contenido, por lo que respaldar el Petro en las reservas petroleras, y posteriormente en las de oro y diamante, no es ilegal.

Para el economista Alexander Guerrero, la legalidad del respaldo del Petro es totalmente cuestionable, y es que más allá de violar la Constitución y la Ley de Hidrocarburos, su emisión no ha sido avalada por la Asamblea Nacional (AN). Aunado a esto, el Petro representa una estafa para sus tenedores, quienes no recibirán petróleo, como aseguró Maduro.

“Eso es una falacia, las reservas de petróleo no constituyen ninguna riqueza petrolera mientras no se encuentren en proceso de producción continua”, apuntó Guerrero en una de sus publicaciones dedicadas al análisis del Petro, en la que además puntualizó que “el petróleo en reservas, cualquiera que sea su característica o definición, convencional y no convencional, es solo un recurso cuyo precio será fijado por el mercado una vez convertido en mercancía, es decir, en barriles o en papeles de futuros, basados en producción continua, fluyendo en el mercado, en barriles o en futuros”. 

Además, según lo establecido en el White Paper, escrito fundacional del Petro, se manifiesta claramente que no estará respaldado en los yacimientos mineros y de hidrocarburos, sino en un “Estado soberano”, que lo “garantizará  como forma de pago de impuestos, tasas, contribuciones y servicios públicos nacionales, tomando como referencia el precio del barril de la cesta venezolana del día anterior con un descuento porcentual igual a valor del cálculo promedio entre el Petro y el bolívar”. 

En este sentido, Guerrero acotó que, al ser el Estado el que respalde la nueva moneda virtual, “en la eventualidad de un default, (los petros) serían canjeados por bolívares”, esto basado en la fórmula que expresa el mismo White Paper. Así lo confirma también la Superintendencia de Criptoactivos, que califica el Petro como una moneda de canje “para intercambiar bienes y servicios a través de transacciones electrónicas”. 

Fuente: Con información de https://elcooperante.com - (PULSE AQUÍ)

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