lunes, 6 de noviembre de 2017

Impiden a Crystallex disponer de activos de Venezuela depositados en banco de Nueva York

Crystallex Corporation continúa sin poder ejecutar el mandato de un juez neoyorquino que autorizó a la minera canadiense a apropiarse de 1 mil 200 millones de dólares que la República Bolivariana de Venezuela tiene depositados en el Banco de Nueva York, de manera de abonarlos a la deuda que mantiene el país sudamericano con la trasnacional luego de haber sido expropiados sus activos en la citada nación, por parte del fallecido presidente venezolano, Hugo Chávez.
Crystallex entró en una batalla legal que se ha alargado por meses, en procura de lograr apoderarse de los fondos que le corresponden, debido a la negativa del gobierno de Venezuela de cumplir con la obligación emanada del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a inversiones, CIADI, que falló a favor de la canadiense y ordenó al Estado venezolano pagar alrededor de 1 mil 400 millones dólares por las pérdidas de los activos y las inversiones hechas por esa corporación en el desarrollo de las minas Las Cristinas.

La historia del juez y del banco

Crystallex tenía plazo hasta el 27 de octubre de 2017 para intervenir y desestimar la petición y el interventor demandado que propuso el Ministerio de la Defensa venezolano para presentar la respuesta en apoyo de su moción, la cual se extenderá del 3 de noviembre de 2017 al 15 de noviembre de 2017.

Dice el memorando que cualquiera de las partes puede presentar la estipulación ante el tribunal como una solicitud conjunta de que la corte suspende la moción para intervenir y anular la orden de ejecución de los 1 mil 200 millones de dólares.

Crystallex se opone

Crystallex International Corporation aspira obtener lo que una sentencia a su favor le permitió -a saber 1 mil 202 millones de dólares (más el interés previo a la adjudicación) - que el deudor, la República Bolivariana de Venezuela, mantiene con ella.

En julio 2017, Crystallex obtuvo la autorización de la jueza, Valerie E. Caproni, del Distrito Sur de Nueva York, para una orden de ejecución que le permita satisfacer parcialmente el fallo. Esa moción fue dirigida contra activos comerciales perteneciente a la República de Venezuela, específicamente el dinero depositado en una cuenta fiduciaria en el Banco de Nueva York Mellon.

Dicha cuenta bancaria está a nombre del país sudamericano y se encuentra sujeta al control del estado venezolano, por lo cual, los pagos de dicha cuenta solo pueden hacerse con la aprobación de la República, según un acuerdo firmado por entre el gobierno venezolano y el Banco de Nueva York.

Bajo los términos de la cuenta, la República de Venezuela es el único beneficiario de los fondos y existe expresamente una renuncia a la existencia de terceros beneficiarios. Los abogados de Crystallex sostienen, por su parte, que los fondos son única y exclusivamente propiedad del deudor, que en este caso es el Estado venezolano.

Dicen, además, que la cuenta se creó con el propósito comercial de financiar los pagos a un astillero en Mississippi responsable de reparar unas fragatas de la Armada venezolana.

Crystallex sostiene que la cuenta está sujeta a ejecución bajo lo establecido en la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA, por sus siglas en inglés).

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Fuente: Con información de Maibort Petit - http://www.miamidiario.com

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