martes, 4 de abril de 2017

Fallo sobre empresas mixtas sigue vigente

La decisión o “aclaratoria de oficio” tomada por la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia, el pasado sábado 1 de abril, sobre la polémica sentencia 156 dejó intacta la disposición con la cual autorizó al Ejecutivo a constituir empresas mixtas en el país, sin necesidad de la aprobación por parte de la Asamblea Nacional.

“Eso quedó totalmente igual y sin alteración alguna”, señaló el abogado Juan Vicente Haro.
El jurista reiteró que esta decisión “desconoce la potestad autorizatoria de la AN “y hace hace una interpretación inconstitucional del Art.33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos con base en el Estado de Excepción”, añade.

“Sólo con autorización de la AN y con base en el Art.33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos se puede autorizar la creación de empresas mixtas”, remató.

La sentencia 156 respondió a un recurso de interpretación introducido por Pdvsa el día antes, sobre el artículo 187, n° 24 de la Constitución, en concatenación con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos”, que establece la competencia de la AN de conocer y aprobar el establecimiento de las empresas mixtas.

En el mismo fallo indica además el TSJ: “se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”

Efecto desconfianza Para el presidente del Consejo de Economía Nacional, Efraín Velásquez, este tipo de decisiones son “muy impactantes” a nivel económico y “ lo que hacen es crear dudas acerca de la percepción de riesgos del país”.

“Toda la gente que tenga interés en Venezuela puede empezar a preguntarse sobre la existencia de riesgos y la carencia de seguridad jurídica para las inversiones”, señaló al diario 2001.

El economista agregó que “cuando eso ocurre pueden posponerse las decisiones sobre inversiones y consumo, lo cual afecta el crecimiento económico del país, el bienestar de la sociedad y puede producirse más inflación más volatilidad en el mercado cambiario”.

“El Ejecutivo tiene que resolver la anulación que ha hecho de la AN. Si no es muy difícil que un inversionista traiga su plata”, advirtió a su vez el presidente de Ecoanalística, Asdrúbal Oliveros, quien además apuntó que “en medio de nuestra tragedia política el TC (dólar) paralelo volvió a dar el salto. Todo apunta a que abril será de mucha presión... “

De su lado, el experto petrolero José Toro Hardy opinó que la empresa rusa “ Rosneft tendría que estar demente para brindar ayuda financiera sin aprobación de AN”.

Venezuela está negociando la ayuda de Rosneft para completar pagos de bonos de Pdvsa por casi $3mil millones en abril, así como la venta de acciones de Petromonagas a esa compañía rusa.

Mientras la Red por la defensa al Trabajo, la Propiedad y la Constitución, indicó que la decisión del TSJ tendrá efectos “en el alto costo que pagamos por el servicio de nuestra elevada deuda externa... nos limita en negociar y mejorar los montos de descuento y los intereses que tenemos que pagar”, además de dificultar la contratación de nuevos créditos.

Considera además que el fallo tendrá efectos en el “mercado paralelo” del dólar.

Fuente: Roberto Romanelli - http://www.2001.com.ve

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