Por ello, a través de un comunicado, el BCV ratificó que no emite documentación alguna referente a la certificación de tales instrumentos, cuya responsabilidad, aclaran, es “exclusiva del emisor o de la institución custodia”.
También exponen que la institución no constituye garantías bancarias en moneda extranjera mediante la generación de “mensajes Swift”. Subrayan que las posibles garantías que pudiera otorgar, se encuentran sujetas en el decreto que rige su funcionamiento y deben ser formalizados por “el obligado y el beneficiario de la garantía respectiva”.
Asimismo, el Banco Central señala que el suministro de información sobre el resultado de operaciones en el mercado primario de títulos valores emitidos en divisas por el país u otro representante, será entregada únicamente al interesado legítimo favorecido y a los órganos del Poder Público con competencia supervisora.
Indican, además, que los resultados de las operaciones de negociación, en moneda nacional, de títulos valores en moneda extranjera serán suministrados por el ente competente bajo normativa cambiaria y facilitada exclusivamente, a los sujetos involucrados de manera directa.
Fuente: http://www.eluniversal.com
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