lunes, 24 de octubre de 2016

Constitucionalistas difieren sobre petición del Ejecutivo de acatar sentencia del TSJ

El abogado constitucionalista Jesús Silva aseguró que "es totalmente constitucional" que los mandatarios regionales estén obligados a acatar la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que le permitió al presidente Nicolás Maduro presentar el Presupuesto 2017 ante la Sala Constitucional y no ante la Asamblea Nacional (AN), como estípula la ley.

A juicio de Silva, la exigencia del Ejecutivo "tiene que ver con un llamado a acatar las sentencias del máximo tribunal de la República. Eso tiene su base en la Carta Magna, en el artículo 335", precisó.

Por su parte, el presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Constitucional, José Vicente Haro, aseveró que dicha decisión es "arbitraria, inconstitucional y no tiene un fundamento legal ni constitucional", por lo cual, a su juicio, "no puede el Presidente de la República exigir a los mandatarios que firmen esa carta".

El también abogado constitucionalista y profesor universitario, advirtió que este acuerdo sería "una medida en contra de los gobernadores y alcaldes que no acepten firmar la carta, por las razones que sean, especialmente porque es una medida inconstitucional, que principalmente lo que haría es afectar a los ciudadanos".

Haro insistió en que los representantes que suscriban dicho acuerdo "incurrirían en un hecho ilícito, de conformidad con los artículos 58 y 59 de la ley contra la corrupción. Sería violar la Constitución".

Mientras que Silva consideró que sería "inconstitucional" que los gobernantes no obedezcan "el mandato que se deriva de la sentencia", porque la medida "por si misma tiene plena eficacia jurídica".

En ocasiones anteriores el Gobierno nacional ha exigido que se firmen acuerdos de aceptación, tal es el caso del que subscribieron chavistas y opositores antes de las elecciones parlamentarias del 6D.

Sin recursos si no firman

Durante el programa Contacto con Maduro, del pasado martes 11 de octubre, el Ejecutivo hizo un llamado a los mandatarios regionales, incluidos los de oposición, para que acudieran al despacho de la Vicepresidencia de la República, "de manera pacífica, a firmar el documento que asegura el funcionamiento de sus propios gobiernos para el año fiscal 2017".

Maduro aseguró que quienes no hayan suscrito el acuerdo no recibirán recursos el próximo año y giró instrucciones al vicepresidente Aristóbulo Istúriz para que recibiera a los gobernantes hasta el viernes 21 de octubre, cuando venció el plazo impuesto por el Presidente.

Al respecto, el abogado Silva aseveró "que este exhorto del Presidente es un elemento adicional respecto a un instrumento jurídico que ya por sí mismo es obligatorio".

Asimismo, expresó que si algún mandatario no firma el documento "pone en evidencia que está incurriendo en un desacato", lo que tendría "implicaciones civiles, penales y administrativas", que podrán ser aplicadas "a quienes no obedezcan los mandatos del TSJ".

"En el plano administrativo entrarían entonces en un campo de ilegalidad, no pudiendo percibir recursos presupuestarios, mientras que en el campo de la legislación penal pueden ser amonestados ante el no cumplimiento de una orden judicial", precisó el abogado.

Además, Silva afirmó que si algún mandatario no se compromete a acatar la sentencia del TSJ "los recursos asignados serían ejecutados a través de un ente distinto que dependa de la administración central" y que dichos dirigentes deberán afrontar "la responsabilidad civil, penal y administrativa" que acarrea la negación a acatar la orden del máximo tribunal.

A su vez, el profesor Haro refirió que las autoridades que no suscriban el acuerdo tienen mecanismos legales, contemplados en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, que les permiten exigir, por la vía administrativa, que les sean asignados los recursos.

Afirmó que no hay elementos legales que le permitan al presidente Nicolás Maduro exigirle a los mandatarios regionales que acepten la sentencia del TSJ "para poder asignarle los recursos del Estado, que por ley les pertenecen".

"Independientemente de la sentencia del TSJ y del decreto Ley que subscribió el Presidente, con base en esa decisión (del TSJ), sin tener una Ley Habilitante y basado en un Estado de Excepción, que no es lo mismo que una Habilitante, no hay basamentos legales que le permitan (al Presidente) imponer condiciones a las autoridades estadales", culminó Haro.

Fuente: DIORELLA ALBORNOZ - http://www.eluniversal.com

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