jueves, 20 de octubre de 2016

Abogado: Venezuela se enfrenta a demandas si paga con bolívares bonos emitidos en dólares

Este jueves se conoció que en el máximo tribunal se introdujo un recurso de interpretación sobre el artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), en el cual se establece que los pagos en moneda extranjera de los bonos de deuda, “se cancelan, salvo convención especial, en moneda de curso legal al tipo de cambio corriente en el lugar de la fecha de pago”.

La medida podría generar reacciones adversas entre los inversionistas, muchos de ellos internacionales, que compraron estos títulos de deuda en el mercado secundario. Entre los años 2004 y 2011, tanto la República como Petróleos de Venezuela emitieron una serie de títulos de deuda externa comprados inicialmente en bolívares en el mercado primario y pagaderos en dólares. Estos instrumentos sirvieron para proveer de divisas al sector privado venezolano afectado por la imposibilidad de acceder a dólares debido al control de cambio que se estableció en el país desde 2003.

El abogado constitucionalista José Vicente Haro sostiene que tanto la República como Pdvsa pueden ser objeto de demandas debido a un incumplimiento de contrato, el cual cuenta con una serie de condiciones financieras y jurídicas como el valor del bono, la vigencia, los pazos de pago, la tasa de interés, entre otros; así como cláusulas de tipo legal, en especial la jurisdicción en la cual se debe entablar las acciones legales.

“En todo caso, el recurso tiene una intención sospechosa quizás debido a la crítica situación financiera del país. Me temo que a pesar de las demandas, el TSJ pueda hacer uso nuevamente del principio de soberanía y emitir una sentencia sin tomar en cuenta la jurisdicción legal que se haya establecido en cada uno de los contratos. Este tipo de decisiones como las que se han emitido a pesar de sentencias arbitrales del Ciadi (Banco Mundial) le han hecho mucho daño a la deuda venezolana ya que los inversionistas ven cada vez más, como muy peligroso adquirir bonos venezolanos”, dijo.

Explicó Haro que se debe indagar en los contratos de cada una de estas emisiones, cuál es la jurisdicción legal que se estableció para conocer el régimen legal aplicable.

“Es decir, si es la ley de la República Bolivariana de Venezuela, del estado de Nueva York o de Delaware en Estados Unidos o de Luxemburgo y luego cuáles son los tribunales competentes para decidir cualquier asunto relacionado del bono. Por lo que las demandas pueden ejecutarse en cada una de estas jurisdicciones. Sin embargo, estamos hablando de que es un contrato que se está incumpliendo y que puede ser objeto de demandas por parte de los tenedores de bonos”.

Para Maritza Izaguirre, ex ministra de Finanzas, cuando se suscribe un contrato se firman unas condiciones específicas y si se establecen que los pagos serán en dólares, debe ejecutarse así.

“Cuando se emite en los mercados externos se le está asegurando al comprador que esos bonos tiene un valor especifico y que se le van a retribuir sus intereses y su vencimiento en dólares. Esta es la práctica común en los mercados externos. Cuando esto se rompe, se socava la confianza y en el caso venezolano con una situación ya complicada, terminaría de ver al país en el cual no respeta las reglas”.

La también profesora en el Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales de la Ucab (Universdad Católica Adrés Bello), califica como “absurdo” colocar al sistema judicial venezolano a opinar sobre este tipo de temas cuando existe una práctica internacional que tiene normas bien definidas.

“Este tipo de decisiones eleva el riesgo país enormemente y con esas condiciones volver a emitir deuda externa será muy complicado. Se cierra al país a acceder a los mercados financieros internacionales. Reitero, cuando se rompen las reglas, se incrementa la desconfianza que ya todo el mundo tiene sobre la situación interna de Venezuela, al observar que no se toman las medidas necesarias para corregir los problemas”, afirmó.

Fuente: http://elestimulo.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Envíenos sus comentarios y aportes informativos al tema. Recuerde que su comentario, aunque no sea publicado, puede ser tomado en cuenta para nuestros temas de investigación. Los comentarios con términos insultantes, ofensivos, denigrantes y que incumplan nuestras políticas serán rechazados. Sólo puede enviar comentarios de menos de 1 mil (1.000) caracteres.

LEA...

 
LO + LEÍDO...

LO + LEÍDO...