miércoles, 16 de mayo de 2012

TSJ declara improcedente amparo constitucional solicitado por Torres Ciliberto

El Tribunal Supremo de Justicia señaló que no procede el amparo solicitado por Pedro Torres Ciliberto y Pedro Torres, sobre las medidas de aseguramiento de bienes que pesan en su contra.
"Pedro Torres Ciliberto y Pedro Torres Picón, al momento de ser interpuesta la presente acción de amparo, se encontraban fuera del país, pesando sobre los mismos orden de aprehensión, sin que se compruebe que se hayan puesto a derecho", indica la Sala Constitucional del TSJ en una nota de prensa.

La Sala basó su decisión en que "en la legislación venezolana no se encuentra previsto el supuesto del juzgamiento en ausencia, por lo que, a los fines del ejercicio de sus derechos procesales y garantías constitucionales, el procesado debe estar a derecho".

Agrega la Sala Constitucional, con ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, que "resulta contradictorio que un procesado que no se encuentre a derecho pretenda llevar a cabo solicitudes o invocar derechos".

En conclusión la Sala determinó que los abogados de Torres Ciliberto y Torres Picón "carecen de legitimación para interponer el recurso de apelación".

Torres Ciliberto era dueño de la compañía de seguros La Previsora y se encuentra fuera del país. En 2010 el Gobierno se hizo con la "custodia" de los bines de su propiedad.

Fuente: Emen - http://www.elmundo.com.ve

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