Las entidades financieras y personas jurídicas que atraviesen o estén ligadas a procesos de liquidación podrán ser expropiadas, como lo anunció hace poco más de una semana el Presidente de la República, de conformidad con las nuevas normas, que derogan lo establecido al respecto en las gacetas 36.101 del 5 de diciembre de 1996 y 36.155 del 27 de febrero de 1997 y extraordinaria 5.209 del 27 de enero de 1998. Las nuevas reglas son aplicables de forma inmediata a los procesos de liquidación actualmente en curso.
Con información de: http://www.descifrado.com
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